Estas ayudas se conceden para la creación de nuevas empresas y la potenciación, desarrollo y consolidación de las ya existentes en la zona URBAN del barrio del Xenillet 

Los gastos subvencionables de estas ayudas serán desde los gastos de constitución y primer establecimiento para empresas de nueva creación hasta los gastos de adquisición de maquinaria, mobiliario y equipamiento interior del local para las actividades ya en funcionamiento 

La cuantía de las ayudas será hasta el 95% de los gastos subvencionables con una aportación máxima de 12.000 euros 

Torrent, 21/01/2011 - El Ayuntamiento de Torrent destina al barrio del Xenillet una inversión de 400.000 euros para la creación de nuevas empresas así como para potenciar las ya existentes en el barrio. Con el objetivo de generar empleo en el Xenillet a través de la creación de actividad empresarial y desarrollar y consolidar la ya existente, el Ayuntamiento de Torrent ha concedido estas ayudas por valor total de 400.000 euros cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) con el 70% junto al propio Consistorio que aporta el 30%.  

     Las ayudas están dirigidas a apoyar la implantación de nuevas actividades comerciales minoristas, hosteleras, artesanales y de servicios, también para actividades ya establecidas en el barrio dentro del Plan Urban, se apoyará la reforma y renovación de las instalaciones y equipamientos de los establecimientos, cuya principal actividad actual se dedique al sector minorista, artesanal, hostelero y de servicios, y además, se incluirán aquellas inversiones destinadas a la adaptación tecnológica de dichos establecimientos. 

     Los beneficiarios de dichas ayudas serán todas aquellas personas físicas o jurídicas, comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que puedan llevar a cabo actividades empresariales.  

     Los gastos subvencionables de estas ayudas serán distintos para nuevas actividades y para actividades ya en funcionamiento. De esta manera a las empresas que se constituyan nuevas en el barrio se les subvencionarán los gastos de constitución y de primer establecimiento como los gastos de notaria, escrituras, registro de la sociedad, entre otros, a su vez se también se les subvencionarán los gastos para el inicio de la actividad tales como por ejemplo los gastos de mobiliario y rotulación, rehabilitación y adecuación interior de los locales o adquisición de maquinaria, útiles y herramientas, entre otros. Mientras que para las actividades ya en funcionamiento en la zona se subvencionarán los gastos correspondientes al proyecto técnico de obra, la rehabilitación y adecuación de locales, las instalaciones técnicas, la adquisición de maquinaria, el mobiliario y equipamiento para el interior del local, entre otros.   

     En cuanto a la cuantía de las ayudas, para las nuevas actividades será  con carácter general, hasta el 95% de los gastos subvencionables con una aportación máxima de 12.000 euros por local, siempre que la inversión haya sido como mínimo de 3.000 €, excluidos los impuestos susceptibles de recuperación. A su vez la cuantía de las ayudas para las actividades ya establecidas en la zona URBAN será, con carácter general, de hasta el 95% de los gastos subvnecionables con una aportación máxima de 12.000 por local. La concesión de las ayudas se efectuará hasta agotar el crédito disponible según el presupuesto establecido.  

Solicitudes y plazos de presentación

Las solicitudes para la obtención de las ayudas se presentarán en impreso normalizado, que podrá retirarse en la oficina Urban sita en la calle Valencia nº 42 bajo, o bien en el Departamento de Promoción Económica de la Concejalía de Promoción Económica y Políticas Activas de Empleo, sito en la calle Ramón y Cajal  nº 7 1º piso , o bien a través de una copia impresa de la solicitud que se encuentra en la página web del Ayuntamiento: www.torrent.es/promocióneconomica.  

     Estas solicitudes deberán acompañarse de diversa información acreditativa y presentarse por Registro de Entrada (TDIC), donde se dará número de registro dejando constancia de fecha y hora. La concesión de la ayuda se efectuará siguiendo el orden establecido por la fecha y hora en que la solicitud haya tenido entrada.  

Los solicitantes deberán presentar el formulario de solicitud y la documentación exigida para acceder a la correspondiente línea de subvención en los siguientes plazos: 

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    • Primera convocatoria: hasta el 1 de Marzo de 2011
    • Segunda convocatoria: hasta el 1 de Julio de 2011.
    • Tercera convocatoria: hasta el 2 de Noviembre de 2011
    • Cuarta convocatoria: hasta 1 de Marzo de 2012